Art. 125-2. Modalidades de las donaciones.
ModificadoI - Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Contexto Editorial
Texto normativo revisado y enlazado
Esta página presenta el texto del Estatuto Tributario con historial de reformas, concordancias, referencias entre artículos y saltos directos a doctrina relacionada para resolver consultas con más contexto.
Estado normativo
Estado actual: modificado. Incluye 2 hitos de modificación registrados.
Última reforma detectada
Última modificación asociada identificada en 2006.
Cobertura conectada
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Contenido vigente
Las donaciones que dan derecho a deducción deben revestir las siguientes modalidades:
1. Cuando se done dinero, el pago debe haberse realizado por medio de cheque, tarjeta de crédito o a través de un intermediario financiero.
2. Cuando se donen -títulos valores-, se estimarán a precios de mercado de acuerdo con el procedimiento establecido por la Superintendencia de Valores (Hoy superintendencia Financiera). Cuando se donen otros activos, su valor se estimará por el costo de adquisición más los -ajustes por inflación- efectuados hasta la fecha de la donación, menos las depreciaciones acumuladas hasta esa misma fecha.
*Parágrafo 1. En todo caso, cuando se donen otros activos su valor será el menor entre el valor comercial y el costo fiscal del bien donado.
*Parágrafo 2.Las donaciones que no tengan condición por parte del donante deberán registrarse como ingresos que darán lugar a rentas exentas siempre que se destinen a la actividad meritoria. Si la donación está condicionada por el donante, debe registrarse directamente en el patrimonio, para ser usada la donación y sus rendimientos en las actividades meritorias.
Resaltados y anotaciones
0 resaltadosSeleccione cualquier fragmento del contenido vigente y guarde su anotación.
Timeline de modificaciones (2)
Leyes modificatorias identificadas
Vigencias y períodos
3 períodos · último cambio en 2006
1989-03-30 → 1995
Decreto 624 de 1989 — origen del Estatuto Tributario
1995 → 2006
Modificación por Ley 223 de 1995
2006 → vigente
Derogación por Ley 1111 de 2006, art. 78
Leyes modificatorias: Ley 1111 de 2006 · Ley 223 de 1995
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Referencias cruzadas
Referenciado por (2)
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