Art. 242. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por personas naturales residentes.
ModificadoI - Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Contexto Editorial
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Estado normativo
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Contenido vigente
*Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a personas naturales residentes y sucesiones Ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del país, provenientes de distribución de utilidades que hubieren sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 49, de este Estatuto, integrarán la base gravable del impuesto sobre la renta y complementarios y estarán sujetas a la tarifa señalada en el artículo 241 de este Estatuto.
Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del país, provenientes de distribuciones de utilidades gravadas conforme a lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 49 de este Estatuto, estarán sujetos a la tarifa señalada en el artículo 240 de este Estatuto, según el período gravable en que se paguen o abonen en cuenta, caso en el cual el impuesto señalado en el inciso anterior, se aplicará una vez disminuido este impuesto. A esta misma tarifa estarán gravados los dividendos y participaciones recibidos de sociedades y entidades extranjeras.
Parágrafo. La retención en la fuente sobre el valor de los dividendos brutos pagados o decretados en calidad de exigibles por concepto de dividendos o participaciones durante el periodo gravable, independientemente del número de cuotas en que se fraccione dicho valor, será la que resulte de aplicar a dichos pagos la siguiente tabla:
| Rangos UVT | Tarifa Marginal | Impuesto | |
| Desde | Hasta | ||
| >0 | 1.090 | 0% | 0 |
| >1.090 | En adelante | 15% | (Dividendos decretados en calidad de exigibles en UVT menos 1.090 UVT) x 15% |
El accionista persona natural residente imputará la retención en la fuente practicada en su declaración del impuesto sobre la renta.
Resaltados y anotaciones
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Timeline de modificaciones (4)
Leyes modificatorias identificadas
Vigencias y períodos
5 períodos · último cambio en 2022
1989-03-30 → 2016
Decreto 624 de 1989 — origen del Estatuto Tributario
2016 → 2018
Adición por Ley 1819 de 2016, art. 6
2018 → 2019
Modificación por Ley 1943 de 2018, art. 27
2019 → 2022
Modificación por Ley 2010 de 2019, art. 35
2022 → vigente
Modificación por Ley 2277 de 2022, art. 3
Leyes modificatorias: Ley 1819 de 2016 · Ley 1943 de 2018 · Ley 2010 de 2019 · Ley 2277 de 2022
Referencias cruzadas
Referenciado por (3)
Concordancias
Doctrina DIAN
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